AYUDA HUMANITARIA PARA UCRANIA

AYUDA HUMANITARIA PARA UCRANIA

Desde el Ayuntamiento queremos, en primer lugar, agradecer la solidaridad que de forma sincera y espontánea se ha despertado entre la ciudadanía, pero al mismo tiempo hacemos un llamamiento a la tranquilidad, insistiendo en la necesidad de que esta solidaridad se lleve a cabo de una forma ordenada y organizada.
 
A tal respecto, en segundo lugar, queremos informar sobre los cauces para colaborar con Ucrania:
 
- Las organizaciones especializadas en ayuda humanitaria y con experiencia y presencia en el territorio ucraniano desde hace años, han insistido en que “la situación en la zona de conflicto es muy volátil y el acceso muy complicado”. Por lo que consideran que la ayuda más eficaz que la ciudadanía puede dar para paliar los efectos de esta crisis es una AYUDA DE TIPO ECONÓMICO a cualquiera de las organizaciones no gubernamentales que trabajan en la zona: UNICEF, CRUZ ROJA ESPAÑOLA, CÁRITAS PARROQUIAL…
 
- En cuanto a la acogida de personas refugiadas, ésta debe realizarse siempre por los cauces legales establecidos, en el marco de la normativa internacional y siguiendo las indicaciones de las autoridades gubernamentales.
Los trámites de acceso de estas personas a territorio español incluyen una primera evaluación de las necesidades de cada familia por parte del Gobierno de España, así como la posterior derivación a una plaza de acogida en cada Comunidad Autónoma.
 
Para esa primera valoración esas personas deben contactar con las entidades que prestan servicio en cada provincia.
Además, la web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ofrece contactos telefónicos que funcionan 24 horas. Es el teléfono 91 047 44 44 con atención en español y en ucraniano.
 
De esta manera, las personas refugiadas podrán beneficiarse de la nueva directiva aprobada por la Unión Europea sobre protección de personas desplazadas, que permitirá automáticamente a los ucranianos desplazados residir, trabajar o estudiar en la Unión Europea un año prorrogable hasta tres, sin tener que solicitar asilo. Además, pueden acceder a las prestaciones previstas en el sistema de acogida y atención médica. Los menores de dieciocho años tendrán, asimismo, derecho a acceder a la educación en las mismas condiciones que los nacionales del país de la UE de acogida.
 
- Aquí os dejamos el enlace al BOE 169/2022 por el que se desarrolla el procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal a personas afectadas por el conflicto en Ucrania: https://www.boe.es/eli/es/o/2022/03/09/pcm169
 
- En el siguiente enlace puede descargar la guía en español para desplazados por el conflicto en Ucrania: https://www.inclusion.gob.es/.../guia_desplazados...
 
MÁS INFORMACIÓN: en los Servicios Sociales Comunitarios o en el teléfono 9557148845.
 

 
 
 

 

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