ALJARAFESA: Plan de acción social por crisis del COVID-19

ALJARAFESA: Plan de acción social por crisis del COVID-19

21/04/2020

Puedes consultar aquí el plan de acción social y las ayudas previstas en el suministro de agua para afectados por el COVID19.

Aljarafesa

Apoyamos a nuestros usuarios afectados por las consecuencias de la crisis COVID-19.

Aljarafesa ha habilitado un paquete de ayudas dirigidas a garantizar en todo momento el acceso al agua de nuestros usuarios, apoyando económicamente a aquellos trabajadores y empresas directamente afectados por las consecuencias económicas de la crisis COVID-19.

¿A qué ayudas puedo acogerme?

Medidas destinadas a todos los usuarios del servicio

  • Desde el 9 de marzo, hemos suspendido tanto la notificación como la ejecución de cortes de suministro, para todo tipo de usuarios.
  • Ampliamos automáticamente, hasta el 31 de julio de 2020, el periodo voluntario de pago de todas nuestras facturas actualmente al cobro, así como de las que se emitan en abril y mayo.
  • Fraccionaremos sin intereses en plazos mensuales, hasta doce en función de las cuantías y circunstancias económicas, el pago de aquellas facturas que no puedan afrontarse, total o parcialmente. Con una especial atención a las Comunidades de Propietarios con contador totalizador.
      Para solicitar un fraccionamiento de pago, rellene el siguiente FORMULARIO y envíelo a atencion.cliente@aljarafesa.es.

Bonificaciones y ayudas para suministros domésticos

  • Hemos creado un FONDO DE ACCIÓN SOCIAL EXTRAORDINARIO dotado con CIEN MIL EUROS, adicional al ya previsto de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL para 2020. Se canaliza a través de los Servicios Sociales de cada Ayuntamiento, para ayudar a las familias que no puedan afrontar el pago de sus facturas del ciclo integral.

       Para información sobre trámites y requisitos, por favor contacte con su Ayuntamiento.

  • Hemos rebajado el umbral de acceso a la bonificación por rentas deprimidas, que pasa a ser de 1,5 IPREM en lugar de 1, ampliando así el número de beneficiarios de la misma. Este umbral, común a familias monoparentales y biparentales o asimiladas, se incrementará en un 50% por cada residente adicional empadronado en la vivienda, sea menor o no.

       Descargue aquí su SOLICITUD DE BONIFICACIÓN y envíela por correo electrónico a bonificaciones@aljarafesa.es.

  • Hemos prorrogado de forma automática hasta el próximo 30 de junio las bonificaciones existentes que caducaban el 31 de marzo.
  • Facilitamos que los autónomos acogidos al artículo 17 del RDL 8/2020, así como quienes acrediten haber sido incluidos en ERTEs sin complemento salarial, puedan acceder a la bonificación por rentas deprimidas en sus suministros domésticos con una declaración responsable sobre las rentas previsibles a percibir por la unidad familiar en el ejercicio, en lugar de en base a las pasadas. La bonificación sería así de aplicación inmediata, revisándose su procedencia una vez finalizado el ejercicio.

       Puedes descargar aquí la SOLICITUD DE BONIFICACIÓN POR RENTA DEPRIMIDA, enviándola por email a bonificaciones@aljarafesa.es.

       Formulario de declaración responsable disponible AQUÍ.

Medidas de apoyo a Pymes y autónomos

  • Bonificamos el 100% de la cuota fija de los suministros con uso y tarifa comercial e industrial, a todas aquellas actividades suspendidas por aplicación del RDL 463/2020 que declara el estado de alarma, así como autónomos acogidos al régimen de cese de actividad, haya sido o no suspendida ésta, durante el período establecido por el RDL y sus prórrogas. Sujeto a solicitud y comprobación del cumplimiento del requisito de suspensión de actividad.

       La bonificación tendrá efecto retroactivo desde el pasado 14 de marzo, y puede solicitarse enviando por correo electrónico a el siguiente formulario, según corresponda:

              - Trabajadores autónomos.
              - Empresas

  • Posibilitamos que los usuarios acogidos al artículo 17 del RDL 8/2020 puedan solicitar la suspensión temporal de su contrato con uso y tarifa comercial e industrial -con retirada del contador- con efecto máximo del 31 de diciembre de 2020, en que habrá de reanudarse o bien suprimirse definitivamente el servicio. Durante el período de suspensión temporal no se devengarán cuotas fijas.

       Para solicitar la suspensión del contrato, descargue este FORMULARIO y envíelo a atencion.cliente@aljarafesa.es.

  • Concederemos aplazamientos de pago sin intereses, de entre tres meses y un año, a los usuarios acogidos al artículo 17 del RDL 8/2020 (autónomos en cese o reducción de su actividad en un 75%) previa solicitud. Aplicable a facturas emitidas desde el 1/01/2020.

       Puede solicitar un aplazamiento rellenando el siguiente FORMULARIO y enviándolo a atencion.cliente@aljarafesa.es.

Y recordamos que continúan vigentes el resto de bonificaciones existentes para pensionistas, familias numerosas y consumidores vulnerables severos.